Gestación por sustitución
¿De qué se trata?
La gestación por sustitución es una técnica de reproducción asistida por medio de la cual una persona, de forma voluntaria y desinteresada, gesta al hijo o hija de otra persona o pareja, quienes son sus progenitores y respecto de los cuales tiene vinculo filial.
Si bien en nuestra legislación no está regulada, es una práctica que se da comúnmente y es autorizada previamente por un Juez.
También conocido como "subrogación de vientres"
Preguntas frecuentes
Cuando la mujer no puede llevar adelante el embarazo. También las parejas homosexuales, principalmente masculinas, o familias monoparentales, pueden recurrir a la gestación por sustitución.
- Contratar los servicios de los profesionales necesarios.
- Encontrar a la gestante o sustituta que los ayudará.
- Firmar el contrato de subrogación gestacional y preparar todos los documentos legales requeridos.
- Realizar el proceso médico de FIV y transferencia embrionaria a la gestante.
- Obtener el reconocimiento de la paternidad y maternidad legal.
La madre gestante es cualquier mujer que, cumpliendo los requisitos médicos exigidos y que se encuentra en ejercicio de su plena capacidad civil, acceda a llevar el embarazo adelante.
Se formaliza un acuerdo por medio de un contrato con los padres de intención y no puede haber una contraprestación económica.
La persona gestante solo lleva adelante el embarazo, no asume ni asumirá nunca el rol de madre.
Contención y profesionalismo
Entendemos que el desarrollo de este tipo de causas requiere, además del asesoramiento correspondiente, calidez y reserva.
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